VeriFactu tiene un calendario claro y ya definitivo: 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para autónomos. Estas fechas llegaron tras varios aplazamientos, y es importante conocerlas bien para evitar confusiones con información desactualizada.
¿Por qué hay tanta confusión con las fechas?
El camino hacia VeriFactu ha tenido varios cambios de rumbo:
- Plazo original (2023): La Ley Antifraude 11/2021 establecía que el sistema entrara en vigor en julio de 2025 para la mayoría de los contribuyentes.
- Primer aplazamiento (RD 254/2025): Se trasladó a enero y julio de 2026.
- Segundo y definitivo aplazamiento (RD-ley 15/2025): Publicado en el BOE el 3 de diciembre de 2025, amplió un año más los plazos hasta las fechas actuales de 2027.
El año 2026 es un periodo voluntario o de pruebas. Durante todo ese año puedes preparar la adaptación sin riesgo de sanciones.
¿Qué significa «periodo voluntario» en 2026?
Durante 2026 ocurren dos cosas importantes:
- Puedes usar sistemas adaptados de forma voluntaria: Si tu software ya está preparado para VeriFactu, puedes empezar a usarlo sin problema. Incluso puedes enviar registros de prueba a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) para familiarizarte con el sistema.
- No hay sanciones por no estar adaptado: Hasta que no venza tu fecha límite (enero o julio de 2027 según tu caso), Hacienda no puede sancionarte por no usar un sistema conforme.



